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Política

Venta de tierras a extranjeros: la Corte aclaró los alcances de su fallo

El Máximo Tribunal justificó su decisión, aclaró que su fallo fue sobre un tema procesal y no por el fondo de la cuestión.

Rosenkrantz, Rosatti y Lorenzetti, los tres ministros de la Corte. 

La Corte Suprema de Justicia emitió este jueves un comunicado para aclarar el polémico fallo que ratificó un decreto del Gobierno del presidente Javier Milei, que habilita la venta sin límites de tierras a los extranjeros, y que generó una ola de críticas por parte de los dirigentes de la oposición.

A través de un comunicado, una medida inusual del tribunal para explicar el sentido de sus sentencias, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti informaron que en el caso se decidió “un aspecto procesal, que se refiere a la legitimación de una asociación para obtener una medida cautelar; y se ajusta estrictamente a todos los precedentes de esta Corte Suprema”.

“La sentencia no afecta a otras medidas cautelares con el mismo objeto que están en trámite en distintos tribunales. Tampoco impide que toda persona que considere que el régimen legal de tierras es inconstitucional, peticione una medida cautelar, cuya procedencia decidirá un juez competente”, expresó la Corte.

Según el máximo tribunal, “los grupos de interés que presionan sobre el tema, también pueden recurrir al reclamo judicial, lo que, en una democracia, es más adecuado que la promoción de discursos de odio y descalificación en las redes sociales”.

Los jueces, a través de esta una inédita publicación, también aclararon que el fallo no “obstaculiza” la función del Congreso de la Nación en el tratamiento del DNU 70/2023, que fue rechazado por el Senado de la Nación el 14 de marzo del año 2024 y, está siendo examinado por la Cámara de Diputados.

“La Corte Suprema ha ejercido un liderazgo en la a protección de los recursos naturales, el ambiente y los bienes colectivos durante muchos años, y no es conveniente intentar confundir a la población en este aspecto. La crítica es correcta; la descalificación y el odio sólo deterioran las instituciones y la democracia”, continúa el escrito.

El Máximo Tribunal sostiene que la controversia por la ley de tierras, y su decisión sobre el artículo 154 del DNU 70/2023 y la vigencia de la ley 26.737, sobre el Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la propiedad, posesión o tenencia de tierras rurales, “no ha sido resuelta en este caso”.

“La Corte se expedirá sobre las normas jurídicas conocidas como ley de tierras cuando lleguen esos reclamos, lo que no ha ocurrido hasta el momento. De modo que no puede interpretarse de ninguna manera que exista una posición del Tribunal o de los ministros sobre el referido régimen”, concluyó el comunicado de los jueces.

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Fuente: Agencia DIB

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