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Régimen Penal Juvenil: una ONG denunció a la jueza que suspendió su aplicación

Usina de Justicia denunció a Marta Elba Pascual por usurpación funcional y abuso de autoridad. Cómo sigue el régimen penal juvenil en provincia de Buenos Aires.

Novedades sobre el Régimen Penal Juvenil. (Kindel Media/pexels.com)

Tras la decisión que tomó la jueza Marta Elba Pascual para suspender por 60 días la aplicación del Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires, una ONG presentó una denuncia penal contra la magistrada. También pidió ser parte en el habeas corpus y solicitó que se tenga en cuenta la perspectiva de las víctimas de delitos.

Usina de Justicia realizó dos presentaciones judiciales ante la decisión que suspendió preventivamente la aplicación de la Ley 27.801 en territorio bonaerense. La decisión de la jueza no derogó ni anuló la Ley 27.801 que entró en vigencia esta semana, sino que dispuso temporalmente que no sea aplicada.

Además, la ONG solicitó intervenir como amicus curiae en el habeas corpus que dio origen a la medida y, en una actuación separada, formuló una denuncia penal contra Pascual por los presuntos delitos de usurpación funcional y abuso de autoridad. Esa figura le permite a la ONG, que no es parte directa del juicio, acercar al tribunal argumentos, que podrían ser tenidos en cuenta o no al momento de la decisión judicial.

La jueza, además de ordenar ese freno, convocó a una audiencia para el 16 de septiembre, en la que autoridades provinciales deberán informar sobre las medidas adoptadas y previstas para su implementación. La ONG también pidió poder participar de esa reunión.

La Asociación Civil denunció a la magistrada porque, sostiene, “la decisión judicial se habría basado en una hipótesis de futuro acerca de un posible incremento de las internaciones y de las condiciones de alojamiento, sin que existiera -siempre según la presentación- una lesión concreta que justificara suspender la aplicación de la ley”.

La denuncia cuestiona además que al evaluar ese escenario “no se hayan considerado integralmente las distintas herramientas previstas por la ley, que no establece únicamente penas privativas de libertad”. Por ejemplo, medidas educativas y de acompañamiento, prohibiciones de contacto o acercamiento, servicios a la comunidad, monitoreo electrónico y mecanismos de reparación integral del daño.

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Fuente: Agencia DIB

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