Créditos de hasta $ 400.000 para trabajadores: el Gobierno oficializó los préstamos a tasa subsidiada

A través de un decreto publicado en el Boletín Oficial, ya se conocen todos los detalles y cómo solicitarlos.

Noticias07/09/2023
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El Gobierno oficializó este jueves los créditos para trabajadores anunciados por el ministro de Economía, Sergio Massa, en el marco del paquete de medidas para paliar los efectos de la devaluación.

A través del Decreto 463/2023 publicado en el Boletín Oficial, se oficializaron los detalles para que los trabajadores aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) accedan hasta $ 400.000 en créditos a tasa subsidiada.

Se trata de una extensión de los Créditos de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) para jubilados y pensionados, dado que ahora los aportantes y futuros beneficiarios del sistema podrán solicitar también el dinero extra pagadero en hasta 48 cuotas.

La medida establece “un mecanismo que alcanza a las personas con trabajo registrado que son aportantes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA)” con créditos que suponen hasta un 5% de los activos totales del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de Anses que regula el dinero para jubilaciones y pensiones.

Los detalles

Se trata de préstamos de hasta $ 400.000 a pagarse en 24, 36 o 48 cuotas mensuales y consecutivas con una Tasa Nominal Anual (TNA) del 50% sin importar el plazo de amortización.

Tal como explicita el decreto publicado este jueves, “el crédito se acreditará en la tarjeta de crédito del trabajador o de la trabajadora, a través del banco emisor de la citada tarjeta”. ¿Cuáles son las exigencias?

-Ser trabajador en relación de dependencia.

-Al momento de solicitar el crédito, contar con una remuneración que no supere el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias (hoy en $ 700.875 brutos por mes).

-Residir de manera permanente en Argentina.

-Poseer una antigüedad de al menos seis meses continuos de trabajo bajo el mismo empleador.

-No superar la edad legal de jubilación (65 para las mujeres y 70 para los hombres).

-No superar la ‘Situación 2’ en la Central de Deudores del BCRA (con seguimiento especial – riesgo bajo).

-No ser beneficiario de una jubilación o pensión con líneas de créditos vigentes dentro del programa de Créditos ANSES.

-Ser titular de una tarjeta de crédito de un banco que opere en Argentina, donde la persona tomadora perciba su remuneración mensual.

-La relación cuota-ingreso no debe superar el 20% de la remuneración bruta mensual.

El Decreto publicado este jueves aclara también que “el pago de la primera cuota para los créditos otorgados a trabajadores aportantes al SIPA tendrá un período de gracia que podrá extenderse hasta tres meses, según la fecha de otorgamiento del crédito en función del día de cobro de la remuneración del trabajador o de la trabajadora”.

Asimismo, “las personas tomadoras de los créditos de la línea no podrán acceder al mercado de cambios a los fines de la obtención de divisas hasta la cancelación total del crédito”. (DIB)
 
 

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