


Puerta a puerta: entró en vigencia el tope de US$ 3.000 para compras en el exterior
El Gobierno anunció que el nuevo monto para importaciones por courier arranca con la normativa que publicó ARCA en el Boletín Oficial.
02/12/2024






El Gobierno confirmó que entró en vigencia el nuevo tope de 3.000 dólares para compras en el exterior, en el sistema courier, puerta a puerta.
La medida implica la quita del Impuesto PAIS para esas importaciones, recordó la agencia de recaudación ARCA -el ente reemplazante de la AFIP- y consignó mediante la resolución 5608 que se publicó en el Boletín Oficial.
“La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) eleva a 3.000 dólares el monto para las compras del exterior por medio de Prestadores de Servicios Postales (PSP) y Courier. Esta medida responde a la necesidad de facilitar y agilizar el comercio exterior, adaptando las normativas a las demandas actuales del sector”, destacó el ente dirigido por Florencia Misrahi en un comunicado.
El organismo impositivo detalló que “además, la normativa simplifica la importación y exportación de mercaderías, ya que deroga más de 15 normas anteriores” y recordó otras desregulaciones como la eliminación en octubre del sistema CUSE “para simplificar normativas y reducir costos asociados a la regulación”.
ARCA avanzó sobre la medida implementa por la Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía, que elevó el límite del valor FOB para la importación de mercaderías que, hasta ahora, tenían un tope de mil dólares.
Además, desde la reglamentación “no se abonarán aranceles por los primeros 400 dólares por envío, siempre que sea un bien adquirido para uso personal”. “En estos casos, los productos solo abonarán IVA“, se indicó.
Esto último quedó fijado con la publicación del Decreto 1065/2024, que estableció que “la importación para consumo de mercadería que ingrese al territorio aduanero a través del Régimen de Importación por Prestadores de Servicios Postales PSP/Courier, sin finalidad comercial, hasta un máximo de cinco envíos por año y por persona, queda desgravada del derecho de importación y exenta del pago de la tasa de estadística, hasta un valor FOB equivalente a USD 400 por envío”.
“Cuando dichos envíos excedieren el valor o el cupo mencionados, el excedente no quedará alcanzado por los beneficios previstos en el presente decreto”, aclaró ese documento. (DIB)
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